Existe la falsa creencia de que sufrir un despido disciplinario invalida automáticamente el derecho a cobrar la prestación por desempleo. Sin embargo, la normativa laboral en España es clara: cualquier tipo de despido da derecho a cobrar el paro por despido, siempre que el trabajador cumpla con los requisitos mínimos de cotización exigidos por la ley.
Continuamos con el clásico del despido, después de te acaban de comunicar un despido? Guía de actuación: tranquilidad, prudencia y firmas. Hay más dudas que nos plantean los usuarios, esta es una de ellas.
1. Los 3 tipos de despido en la legislación española
Para comprender el origen de las indemnizaciones y derechos, conviene diferenciar las tres modalidades principales de despido:
- Despido objetivo: Se origina por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción de la empresa. No responde a ninguna falta del trabajador, sino a la situación de la organización.
- Despido colectivo (ERE): Se basa en los mismos motivos objetivos, pero se aplica a un número significativo de la plantilla (por ejemplo, al menos 10 empleados en empresas de hasta 100 trabajadores).
- Despido disciplinario: Se produce por un incumplimiento grave y culpable del trabajador (faltas repetidas de asistencia, indisciplina, ofensas verbales o físicas, o acoso laboral).
2. Requisitos para cobrar la prestación por desempleo
Sea cual sea el motivo alegado por la empresa en la carta de despido —incluso en los casos disciplinarios—, todo trabajador tiene derecho a solicitar el paro si reúne las siguientes condiciones:
- Cotización previa: Contar con un mínimo de 360 días cotizados dentro de los últimos 6 años anteriores al despido.
- Inscripción en el SEPE: Estar en situación legal de desempleo e inscribirse como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal.
- Ausencia de otro empleo a tiempo completo: Si mantienes un segundo trabajo formal, no te encontrarás en situación real de desempleo total.
3. El origen del mito: Paro frente a Indemnización
La confusión de pensar que un despido disciplinario retira el paro procede de mezclar la prestación pública con la indemnización empresarial:
- El paro (SEPE): Es un derecho de protección social gestionado por el Estado. Se concede tras cualquier despido si se cumplen las cotizaciones.
- La indemnización (Empresa): Es la compensación económica que debe abonar la compañía al finalizar la relación laboral. En el despido disciplinario, el trabajador pierde el derecho a recibir indemnización, pero mantiene intacto su derecho a cobrar la prestación por desempleo.
Consejo legal: Si has recibido una carta de despido y no estás de acuerdo con las causas alegadas por la empresa, dispones de un plazo de 20 días hábiles para presentar una papeleta de conciliación e impugnar la decisión empresarial.



