Encontramos noticias en los medios de diversos casos de fraude a Compañía de Seguros simulando un siniestro para cobrar lo contratado en una póliza.
Un caso repetido, por ejemplo, en seguros de hogar es la denuncia falsa por atraco fuera de la vivienda. Esto es una acción tipificada en el Codigo Penal y puede traer consecuencias graves.
En este artículo tratamos de otro tipo de problema. Al contratar el seguro existen casos en los que el asegurado miente sobre datos importantes, pueden ser estado actual de una vivienda, modelo exacto de automóvil, existencia de daños por siniestro anterior a la contratación del seguro y otros.
La Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro indica sus consecuencias en su artículo diez que reproducimos a continuación:
Artículo diez.
El tomador del seguro tienen el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar al asegurador, de acuerdo con el cuestionario que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. Quedará exonerado de tal deber si el asegurador no le somete cuestionario o cuando, aun sometiéndoselo, se trate de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no estén comprendidas en él.
El asegurador podrá rescindir el contrato mediante declaración dirigida al tomador del seguro en el plazo de un mes, a contar del conocimiento de la reserva o inexactitud del tomador del seguro. Corresponderán al asegurador, salvo que concurra dolo o culpa grave por su parte, las primas relativas al período en curso en el momento que haga esta declaración.
Si el siniestro sobreviene antes de que el asegurador haga la declaración a la que se refiere el párrafo anterior, la prestación de éste se reducirá proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se hubiese aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo. Si medió dolo o culpa grave del tomador del seguro quedará el asegurador liberado del pago de la prestación.
Es por tanto siempre tan desaconsejable como grave no decir la verdad sobre un riesgo a asegurar pues tanto si ocurre un siniestro como si no, la Compañía se ocupará de perseguir estos hechos que en realidad perjudican a todos los asegurados, ya que un aumento del gasto de una Compañía repercute siempre en una subida de primas al conjunto de sus asegurados.