04/10/2023

¿Qué ocurre si no se puede localizar al demandado?

Si no constara su paradero, podrá intentarse su localización por medio de oficio a la Policía para averiguarlo. Y si las averiguaciones resultaran negativas, deberá hacerse por edictos, si bien deberá ser solicitado por la parte. Una vez conste el domicilio del actor, el emplazamiento se hará en su persona, y en caso de no hallarse en el lugar, se hará con entrega de cédula a la persona que se halle en el domicilio o lugar donde se le emplace. Si el demandado es encontrado pero no quiere recibir la citación o se niega a firmarla, el Secretario u Oficial habilitado le amonestará haciéndole saber que la copia de la resolución o la cédula se encuentran a su disposición en la Secretaría del Juzgado produciéndose todos los efectos de la comunicación.

Un comentario en «¿Qué ocurre si no se puede localizar al demandado?»

  1. Hola,tienen que notificar la sentencia por delito leve de usurpación a un condenado, no abre la puerta nunca y no va al juzgado a recoger ducha carta.
    Está teóricamente ilocalizable, que pasarían, cómo se enteraría que está condenado y para proceder al lanzamiento, cuando este se deba producir, cómo se le notificaría.
    Muchas gracias.
    Un saludo.

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