24/09/2023

Cambios de titularidad en suministros tras la compra de vivienda

Antes de firmar las escrituras de tu nueva propiedad es importante conocer el estado de los suministros: si los anteriores dueños gestionaron la baja con anterioridad o si, por el contrario, continúan dados de alta; lectura de los contadores; analizar los posibles problemas o daños que puedan tener; así como estar al día con las facturas y los pagos.

En el caso de que el servicio aún continúa activo, el cambio de titularidad resulta menos costoso, puesto que las compañías suelen cobrar entre 120 y 200 euros por dar de alta un nuevo contador. Si resulta un cambio de titular de gas natural supone un trámite gratuito y el proceso se puede realizar online y por teléfono, sin necesidad de acudir a una oficina física.

Así, el nuevo propietario debe ser consciente del tipo de contrato que disponían los anteriores dueños del inmueble y la potencia a la que estaba dado de alta el servicio de suministros, de tal manera que con esta información pueda cambiar la titularidad atendiendo a las necesidades que precise.

En este sentido, se recomienda también realizar una lectura de los contadores, con el objetivo de tener conocimiento de las deudas que puedan quedar pendiente a los anteriores titulares de la vivienda, ya que las facturas suelen emitirse cada tres meses y pueden demorar demasiado el ajuste de cuentas.

Asimismo, una vez que se han comprobado y ajustado todos los suministros, las empresas requieren una serie de documentación para restablecer el servicio de nuevo, en el caso de que los anteriores propietarios lo diesen de baja:

  • Documento de identificación del titular del domicilio. Dentro de este parámetro, hay que indicar si se trata de:
    • Persona jurídica, es decir, una entidad, que debe aportar el CIF de la empresa, así como el DNI del representante
    • En el caso de tratarse de una persona física, con el DNI o el NIE es suficiente.
  • Documentación del inmueble, esto es, la escritura de la vivienda.
  • Número de cuenta a la que domiciliar los recibos.

Los anteriores propietarios deben facilitar a los nuevos los boletines de alta de los suministros. En el caso de no disponer o de estar caducados, se deberá solicitar un nuevo documento mediante un técnico de gas homologado y legal, y que tiene un determinado importe a pagar dependiendo de la empresa en cuestión. Este escrito autoriza a dar de alta la luz y el gas en la propiedad.

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